Directiva (UE) 2024/825 · anexo I de la Directiva 2005/29/CE ·Se aplica desde el 27 de septiembre de 2026

Las doce prácticas prohibidas en cualquier circunstancia

La Directiva (UE) 2024/825 inserta doce puntos nuevos en el anexo I de la Directiva 2005/29/CE — la lista de prácticas comerciales desleales en cualquier circunstancia, en la que nadie tiene que demostrar que el consumidor medio se vio afectado de forma sustancial. Cinco se refieren a afirmaciones medioambientales, incluidos los distintivos de sostenibilidad y las afirmaciones basadas en la compensación. Siete se refieren a las actualizaciones de software, la durabilidad y la reparación. Los Estados miembros debían adoptar las medidas antes del 27 de marzo de 2026 y las aplican desde el 27 de septiembre de 2026. Esta herramienta gratuita recoge los doce puntos literalmente en su idioma, con la numeración que emplea su propio Diario Oficial, y registra la respuesta que usted da a cada uno. No decide si su práctica es lícita.

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Qué está comprobando

La numeración siguiente es la del anexo I de la Directiva 2005/29/CE. Una Directiva obliga a través del Derecho nacional, de modo que la disposición a la que usted está realmente sujeto figura en su propia legislación de consumo y allí lleva otra numeración. El texto se reproduce del Diario Oficial en la lengua de esta página.

Los doce puntos

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Esto registra una comprobación. No la responde. Si algo es una afirmación medioambiental genérica, si puede demostrar un comportamiento medioambiental excelente reconocido y si una característica se introdujo para limitar la durabilidad son juicios con contornos difusos, y le corresponden a usted. Las sanciones las fija el Derecho nacional y no se muestran aquí. Solo con fines informativos, no constituye asesoramiento jurídico.
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